Cómo solicitar una prórroga de autorización de viaje para beneficiarios de parole humanitario en Estados Unidos

Redacción

Si eres beneficiario de parole humanitario en Estados Unidos y no puedes viajar dentro del plazo estipulado de 90 días, debes saber que existe la posibilidad de solicitar una prórroga a través de un patrocinador. Esta opción puede ser de gran ayuda en caso de que existan circunstancias imprevistas que te impidan viajar en el tiempo establecido.

De acuerdo con información proporcionada por la Embajada de Estados Unidos en Cuba, aquellos patrocinadores que hayan presentado el Formulario I-134A a nombre de un beneficiario o sus familiares inmediatos son los únicos habilitados para solicitar la extensión de autorización de viaje. Es importante destacar que solo se permite una solicitud de prórroga por cada beneficiario.

En caso de requerir una prórroga, el patrocinador debe presentarla en un lapso específico de tiempo, como se indica en las siguientes líneas: “El patrocinador debe presentar la solicitud de extensión no más de 30 días antes ni más de 30 días después de la fecha de caducidad del periodo de autorización de viaje aprobado”. Además, es necesario que los patrocinadores soliciten una extensión por separado para cada beneficiario.

Una vez que se haya presentado la solicitud, la Oficina de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) llevará a cabo una evaluación del caso y enviará la petición junto con la información del beneficiario al Departamento de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) para realizar investigaciones adicionales.

Si CBP aprueba la solicitud, el beneficiario recibirá una notificación por correo electrónico cuando se publique la notificación de extensión de autorización de viaje en su cuenta personal. Es importante mencionar que solo el beneficiario puede ver la notificación de extensión de autorización de viaje en su cuenta online y será él quien notifique el resultado al patrocinador.

En caso de que la aprobación de autorización de viaje original del beneficiario haya caducado más de 30 días antes o después de la solicitud de extensión, o si el beneficiario no puede viajar a Estados Unidos durante la extensión única de 90 días, deberá presentarse un nuevo Formulario l-134A a nombre del beneficiario y obtener una nueva autorización de viaje.

Cabe destacar que, según cifras actualizadas del Departamentos de Seguridad Nacional (DHS), más de 29 mil cubanos han sido aprobados para viajar a Estados Unidos por el programa de parole humanitario desde enero a la fecha; sin embargo, cerca de 400 mil peticiones de cubanos están pendientes de ser aprobadas.