En Cuba, los tribunales no siempre siguen el camino que uno esperaría. Y este caso es un ejemplo claro: una mujer fue condenada por un delito que ni siquiera le habían imputado, dejando al descubierto graves fallas en el debido proceso y en las garantías legales básicas del país.
El Tribunal Supremo Popular de Cuba finalmente reconoció el error, en una nota oficial titulada “Vulneración del principio de correlación imputación-sentencia”. La mujer, que ocupaba el cargo de jefa de Fiscalización en una Unidad Básica de Gastronomía, había detectado la ausencia de cientos de cajetillas de cigarros en un control interno. Su “falta” fue no reportarlo a las autoridades de manera formal, lo que sirvió de base para el proceso judicial.
Aquí viene lo grave: durante el juicio, la fiscalía había solicitado una pena de solo un año por “incumplimiento del deber de denunciar”. Sin embargo, el tribunal que la juzgó no se quedó ahí y la condenó a tres años de cárcel por encubrimiento, un delito más serio que nunca fue imputado. Según el Tribunal Supremo, el fiscal asignó dos calificaciones jurídicas al mismo hecho, pero no presentó pruebas de apropiación de bienes ni sustentos para el delito de malversación. Aun así, el tribunal inferior decidió condenarla por algo mucho más grave, dejando a la acusada sin posibilidad real de defenderse.
La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Provincial de La Habana emitió esta sentencia en diciembre de 2024, quebrantando artículos fundamentales de la Ley del Proceso Penal y violando principios básicos de igualdad, contradicción y defensa. En palabras del Supremo, la actuación judicial “coactó la realización efectiva de los principios de igualdad de las partes y de contradicción”, en abierta violación del artículo 94 de la Constitución cubana.
Este caso no solo evidencia un error judicial aislado, sino que pone sobre la mesa la fragilidad de las garantías procesales en la isla. Una persona puede terminar condenada por un delito que nunca se le imputó, enfrentando la cárcel sin la posibilidad de un juicio justo. Para la mujer afectada, el reconocimiento del Tribunal Supremo llega tarde: ya cargó con el peso de la sentencia y con la incertidumbre de un proceso injusto que afectó su vida personal y profesional.
El fallo del Supremo anulando la condena es un triunfo parcial, pero deja al descubierto la importancia de la vigilancia legal y de la defensa de los derechos ciudadanos. Más allá de nombres y cargos, este caso resuena como una alerta sobre la necesidad de respeto absoluto al debido proceso, porque ninguna persona debería pagar por un delito que nunca cometió ni le fue imputado.