Gobierno cubano convierte en delito, con hasta seis años de cárcel, ocupar una vivienda que está vacía en la isla

Redacción

El Tribunal Supremo Popular de Cuba publicó un dictamen que establece que la ocupación ilegal de una vivienda es considerada un delito de usurpación, lo que permitirá a los propietarios denunciar por vía penal en lugar de administrativa. El dictamen explica que ciertas personas o grupos ilegalmente ocupan viviendas ausentes temporalmente o locales pertenecientes a entidades públicas, generando problemas sociales y dificultades en el funcionamiento de las instituciones afectadas.

Además, el dictamen sugiere que los ciudadanos y la institucionalidad necesitan garantizar el orden y la legalidad en todas las personas, y reforzar los derechos de propiedad que se reconocen en la Constitución de la República. En este artículo, discutiremos el impacto de esta nueva ley, sus implicaciones para la propiedad privada y las perspectivas para el futuro de la ocupación ilegal de propiedades en Cuba.

La ocupación ilegal de viviendas ha sido un problema en Cuba durante décadas. Muchas personas han ocupado casas y apartamentos abandonados durante años, mientras que otros han ocupado ilegalmente propiedades privadas que no han estado en uso durante un tiempo. Hasta ahora, los propietarios solo podían denunciar por vía administrativa, lo que a menudo resultaba en procesos largos y complicados. El dictamen reciente establece que los propietarios ahora pueden denunciar por vía penal, lo que debería ser un proceso más rápido y efectivo para recuperar la propiedad ocupada ilegalmente.

El nuevo dictamen también aborda los problemas sociales y las dificultades en el funcionamiento de las instituciones afectadas por la ocupación ilegal de propiedades. Algunas personas y grupos han ocupado propiedades públicas, lo que ha dificultado el funcionamiento de las instituciones afectadas. El dictamen sugiere que las autoridades deben contar con herramientas legales para garantizar una atención eficaz de estos problemas.

La ley de 1987 incluía el delito de usurpación para la ocupación de bienes ajenos, pero dos leyes aprobadas posteriormente anularon su aplicación para las viviendas de titularidad privada. Si la propiedad ocupada estaba relacionada con la posesión de las tierras y bienes agropecuarios, se sujetaba al Decreto-Ley 125/91, mientras que si se trataba de una residencia, se aplicaba la Ley General de Vivienda número 65, del año 1988.

Ambos textos consideraban que si lo usurpado era un bien privado, la reclamación debía hacerse por la vía administrativa, más rápida, además, que la penal, que quedaba reservada al Estado. Con el dictamen actual, la propiedad ocupada, independientemente de si el propietario es el Estado o cualquier ciudadano, será considerada delito.

Este dictamen establece un fuerte precedente en la protección de la propiedad privada en Cuba. Los propietarios ahora tienen un recurso más efectivo para recuperar la propiedad ocupada ilegalmente. Si bien es difícil predecir cómo se implementará la nueva ley, es probable que las autoridades adopten un enfoque más duro para abordar la ocupación ilegal de propiedades privadas.